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La CNTE sigue intocable con la reforma

 
ironía para no trabajar.
A pesar de que la reforma educativa deja establecida en la Constitución la obligatoriedad de la evaluación a los maestros, ésta no aplicará a los profesores que se encuentran ya en funciones debido a que, constitucionalmente, ninguna ley puede ser retroactiva.
En su artículo 14, la Constitución Política establece la irretroactividad de cualquier ley o disposición.
“A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, dicta el texto constitucional, en su primer párrafo del citado artículo.
Debido a esa disposición, las nuevas figuras que se consagrarán en los artículos 3 y 73 de la Constitución Política no afectarán a los profesores que se encuentran ya dentro del sistema educativo del país.
“Considerando que los trabajadores educativos, los maestros, ya están incorporados ahorita a todo el sistema educativo y lo hicieron antes de esta reforma, ya cuentan con derechos adquiridos.
“Sobre la base de esos derechos adquiridos no se les puede trastocar, porque trastocarlo implicaría aplicar de forma retroactiva esta ley en perjuicio de su persona; por lo tanto los maestros podrían, con todo el derecho del mundo, presentar un amparo para efectos de que no se les aplique”, explicó a ADNPolítico.com Francisco Burgoa, catedrático de Derecho Constitucional de la UNAM.
Con este principio de irretroactividad, los maestros en funciones quedan “intocables” y las nuevas disposiciones de evaluación obligatoria y promoción para los cargos superiores no aplicarán para ellos, con lo que el cambio en el sistema educativo podría verse reflejado a largo plazo.
“Es una reforma que puede comenzar a funcionar muy en el futuro, quizá sea una reforma para una nueva generación de docentes”, expresó en entrevista Julisa Mejía, diputada por el PRD.
Por ello, aunque se establezcan nuevos mecanismos para garantizar la idoneidad de los docentes que se encuentran frente a grupo, los maestros que están trabajando ya ahora y fueron contratados con un esquema anterior deben ser regidos con esa normatividad.
“Es importante entender que ya, por ejemplo, tenemos la carrera magisterial, ya hay un sistema de evaluación; los muestreos para ingresar, para avanzar, para acrecentar, tienen que presentar una evaluación cada cierto tiempo. Los maestros en el país tienen que presentar un examen para incorporarse a las nuevas plazas, eso ya existe.
“La ley dice que ninguna ley es retroactiva, eso lo marca cualquier abogado”, expuso en entrevista Dora Tlamante, diputada por Nueva Alianza.
En ello coincidieron también el PRI y el PAN, bancadas que, aseguraron, los maestros que ahora dan clases no serán afectados por esta reforma educativa.
Manlio Fabio Beltrones reconoció que la semana pasada se reunió con miembros del SNTE, quienes le expresaron su preocupación por la posible violación de los derechos de los trabajadores. Sin embargo, la respuesta del legislador fue que ninguno de los maestros tendrá problema alguno.
“Su preocupación solamente (fue) por la preservación de los derechos adquiridos, y creo que es una preocupación que pueden tener todos los trabajadores en el país cuando existe una modificación. Ninguna ley puede ser aplicada retroactivamente”, sentenció el priista.
En el mismo sentido se pronunció Luis Alberto Villarreal, coordinador de la bancada del PAN, quien advirtió que aplicar la reforma educativa aprobada a los maestros en funciones viola la Constitución.
“La Constitución tiene una cláusula de no retroactividad en perjuicio de nadie y en esta parte del artículo 3° de la propuesta del Pacto por México, donde se habla de los profesores que no pasen su examen no podrán permanecer, pues habla de los nuevos, de los que entren o de los que arranquen a partir de que esté en vigor este artículo constitucional.
“Los que ya están, ya están, no hay retroactividad de acuerdo a la propia Constitución”, expuso Villarreal en conferencia.
Sin embargo, para Jaime Cárdenas Gracia, investigador de Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y exdiputado por el Partido del Trabajo, sí podría haber retroactividad en algunos aspectos, siempre y cuando no se afecten los derechos adquiridos de los trabajadores.
 “Sí puede haber aplicación retroactiva siempre y cuando no vaya en perjuicio de las personas. ¿Cuándo iría en perjuicio de una persona? Cuando se le sancionara, cuando se le destituyera o cuando se le cesara.
“Pero sí podría ser aplicable la reforma ara realizar las evaluaciones, para darles capacitación, para todo eso; solamente estaría prohibida la reforma cuando se violentaran sus derechos adquiridos conforme al apartado B del artículo 123 de la Constitución”, aseveró el constitucionalista a ADNPolítico.com.
Empero, Cárdenas Gracia señaló que para evitar cualquier otra interpretación, la aplicación o no del principio de retroactividad en cada caso debe quedar asentada claramente en los artículos transitorios de la reforma educativa.
“Es muy pobre el dictamen en esa argumentación, no discute si la reforma educativa puede ser retroactiva o no y yo creo que ahí hay una debilidad jurídica en el dictamen que puede traer problemas más adelante, como tener que dar amparos a todos los profesores que no quieran someterse a concursos de oposición.
“Esto sería muy complicado para el país, no sólo en conflictos jurídicos, de amparos, sino también de conflictos sociales”, consideró el académico.
Para su entrada en vigor, la reforma política aún debe ser discutida y aprobada por el Senado y después ser estudiada y aprobada por 17 de los 32 congresos estatales